Este ensayo nació con un deseo: quería hablar de patrimonio sin que desaparecieran los pobladores de las comunidades contiguas a los grandes sitios arqueológicos del país, analizando la manera en la cual bajo diferentes circunstancias socioeconómicas y culturales asumen la normatividad de protección, evalúan las políticas y a los políticos, y luego entonces construyen prácticas, discursos y estrategias colectivas o individuales para acceder a los bienes arqueológicos en sus demarcaciones, bajo la consideración errónea de que se trata de un recurso. Identificamos los mecanismos que mueven a este proceso con el fin de abrir la discusión sobre la factibilidad de éxito de una política pública planteada desde un escritorio.
[Texto completo].:: PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO
El 6 de enero de 1992 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformó el Artículo 27 Constitucional, y el 26 de febrero del mismo año se publicó la Ley Agraria que regula las modificaciones a dicho artículo.
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